YA ESTA EN VIGENCIA LA NUEVA LEY DE TRASNSITO EN LA PROVINCIA Y LAS MULTAS LLEGAN HASTA LOS $ 3.840

18/8/09- La Dirección de Transito de la Municipalidad de Chacabuco informa que el 1º de enero de 2009 comenzó a regir en la provincia de Buenos Aires la ley Nº 13.927, que adhiere a las leyes nacionales de Tránsito Nº 24.449 y N2 26.363. La ley NL 13.927, cuya reglamentación entró en vigencia el 10 de agosto último incorporando varias novedades modifica el sistema de pagos de las sanciones y el modo de juzgamiento de las mismas, entre otros puntos.

Entre las innovaciones se encuentra la retención preventiva de la licencia de conductor para los supuestos de comisión de algunas de las faltas graves (alcoholemia positiva, exceso de velocidad, pasar semáforos en rojo, circular en contramano, falta de VTV, falta de casco, falta de seguro obligatorio, etc). La licencia será restituida únicamente si se abona la multa o se da cumplimiento a la resolución del juez. Si el infractor no se presentara dentro del término estipulado, se destruirá la licencia retenida y caducará la habilitación para conducir hasta tanto obtenga una nueva licencia de conformidad a la ley. Esta nueva licencia sólo podrá otorgarse si previamente se abonó la multa o se dio cumplimiento a la resolución.

Otra novedad de la ley es que cada infracción se encuentra expresada su sanción en (unidades fijas) equivalentes a un litro de nafta especial de mayor octanaje. Hay rangos mínimos y máximos de UF que serán aplicadas por el órgano de juzgamiento de acuerdo a su criterio y valoración. A título ejemplificativo se detalla algunas de ellas

-Cruzar semáforo con luz roja: de 300 a 1.000 UF (960 a 3.200 pesos).

-Girar a la izquierda en vía de doble mano semaforizada: de 300 a 1.000 UF (960 a 3.200 pesos)

-No respetar los límites máximos de velocidad: de 150 a 1.000 UF (480 a 3.200 pesos)

-Circular en contramano: de 300 a 1.000 UF (960 a 3.200 pesos)

-Adelantarse en doble línea amarilla o cambian de fila o carril: de 300 a 1.000 UF (960 a 3.200 pesos)

-Estacionar en zona prohibida (garaje, etc.): de 50 a 100 UF (160 a 320 pesos)

-Estacionar en zona prohibida afectando seguridad, visibilidad, fluidez del tránsito: de 300 a 1.000 UF (960 a 3.200 pesos)

-Falta de licencia de conducir: de 300 a 1.000 UF (960 a 3.200 pesos)

-Falta de seguro de responsabilidad civil hacia terceros: de 300 a 1.000 UF (960 a 3.200 pesos)

-Falta de revisión técnica obligatoria: de 300 a 1.000 UF (960 a 3.200 pesos)

-Falta de casco: de 50 a 100 UF (160 a 320 pesos)

-Alcoholemia positiva: de 300 a 1.000 UF (960 a 3.200 pesos)

-Negativa a realizarse prueba o control de alcoholemia: de 500 a 1.200 UF (1.600 a 3.840 pesos).

Asimismo, las sanciones son de cumplimiento efectivo y consisten en multas, arresto, inhabilitaciones, decomisos, etc., desapareciendo la sanción de amonestación.

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