CHACABUCO EXIGIRÁ CUMPLIMIENTO DE LEY QUE REGULA LA VENTA, EXPENDIO Y/O SUMINISTRO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS

Para tener en cuenta y no infringir la ley:
Categoría A: Los distribuidores de cerveza, depósitos, licorerías,
almacenes, minisúper, supermercados, podrán vender bebidas alcohólicas y/o
cerveza dentro del horario de lunes a domingo de las 9:00 a 21:00 horas.
Categoría B1:
* Despensas, kioscos, autoservicios, maxikioscos y otros similares de 9:00 a 21:00.
Categoría B2
*Restaurantes, pizzerías y parrillas de 9:00 a 4:30
*Confiterías, pubs, boliches bailables hasta las 5:00
El control e inspección estará a cargo de Policía de Tránsito y Policía Comunal. Se recuerda que al infractor le serán labradas las respectivas Actas y se dispondrá la CLAUSURA del Comercio.-

