QUEDÓ EN LIBERTAD EL MENOR IMPUTADO POR EL ASESINATO DE LA MAESTRA DE JUNÍN

Declaró Ángel Daniel Altamirano, detenido por los desmanes ocurridos en Junín.
21/3/13- Habiéndose llevado a cabo en el día de la fecha la audiencia prevista por el art. 36, inc. 7mo de la ley 13.364 -la que finalizó pasadas las 14.30 horas-, el Juez de Garantías del joven, doctor Marcos Cornaglia, resolvió conceder la libertad por falta de mérito al menor imputado del delito de homicidio en ocasión de robo, por el hecho ocurrido el 15 de marzo de 2013, del que resultó víctima Olga Acedo en la ciudad de Junín.
En la mencionada audiencia, el Agente Fiscal del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, doctor José Alvite Galante solicitó que se dictara la prisión preventiva, en tanto que la defensa particular del menor, peticionó la libertad por falta de mérito.
Lo resuelto no implica desvinculación del proceso para el imputado, continuándose con las tareas investigativas.
Declaró Ángel Daniel Altamirano, detenido por los desmanes ocurridos en Junín.
21/3/13- Ampliando la información relacionada con la IPP 04-00-001806-13, que tramita por ante la UFIJ Nº 2, en la fecha, el Agente Fiscal, doctor Javier Ochoaizpuro recibió la declaración prevista en el art. 308 del Código Procesal Penal al detenido Ángel Daniel Altamirano, domiciliado en Junín, imputado de los delitos de daño agravado, por ser ejecutado en cosas de valor científico, cultural o en bienes de uso público e intimidación pública agravada, en los términos de los artículos 184, inc. 5to y 211 del Código Penal, por hechos ocurridos en la Comisaría Junín 2da, los días 9 y 10 del corriente; sobre quien pesaba la orden de detención librada con fecha 15 de marzo por la señora Jueza de Garantías, doctora María Laura Durante.

En la mencionada investigación, el Fiscal Ochoaizpuro no ha solicitado a los medios de comunicación la difusión de imagen alguna tendiente a la identificación de personas que pudiesen resultar imputadas, ni entregado material fílmico obrante en la IPP, para tales fines. De ser necesario disponer medidas en tal sentido, las mismas se canalizarán por esta vía -como en otros procesos- y en el marco de una solicitud de colaboración para difundir.

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