PIDEN QUE EL MUNICIPIO PAGUE LO QUE SE LES ADEUDA A QUIENES LLEVAN ADELANTE EL TRANSPORTE ESCOLAR EN EL PARTIDO DE CHACABUCO

También, que informe por escrito y a la brevedad, sobre las partidas transferidas al municipio, del Fondo de Financiamiento Educativo.
20/10/14- El Bloque de Concejales del GEN/Frente Amplio UNEN elaboró un proyecto de resolución, pidiendo al Departamento Ejecutivo, que proceda a evaluar la posibilidad de cubrir a partir de la fecha el pago del servicio de transporte escolar a través del Fondo de Financiamiento Educativo, a los proveedores de este servicio en el Partido de Chacabuco, a los fines de evitar que se continúe con la interrupción del mismo y hasta tanto se normalice la situación. La presente solicitud se fundamenta en la necesidad de adoptar una medida de gestión inmediata en el ámbito municipal ya que, por la deuda que mantiene la DGCyE con dichos proveedores, a éstos se les dificulta sostener la continuidad del servicio lo que repercute en la no asistencia de los alumnos a clase.

Visto:

Que la presente Resolución surge a raíz de la difícil situación en que se encuentran los proveedores del servicio de transporte escolar del Partido de Chacabuco, ya que desde hace varios meses se les adeuda el pago correspondiente a sus servicios, y;

Considerando:

Que muchos proveedores han optado por la interrupción de los servicios que dependen de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la importante deuda que mantiene esta dependencia por el pago de los mismos y, si bien es habitual el retraso en los pagos efectuados por Provincia, la deuda actual data de varios meses lo que hace insostenible el servicio a costa de los empresarios.

Que, esto se suma a que el valor abonado en relación con el costo por kilómetro recorrido se encuentra desfasado respecto a la evolución del índice de precios de combustibles, generado una gran pérdida a partir de esta desactualización.

Que si bien los temas relacionados con la Educación, tales como la infraestructura escolar, el servicio de transportes escolares y servicios alimentarios son temáticas cuya competencia exclusiva se ubica en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y que los recursos destinados a estas materias deben proceder de los presupuestos provinciales, ante la falta de cumplimiento e inacción de este sector es necesario acudir a una herramienta que permita garantizar, desde la posibilidad de gestión en el ámbito municipal, la continuidad del funcionamiento de las escuelas sin superponer ámbitos de competencia.

En función de esto, es que solicitamos al Departamento Ejecutivo que evalúe la posibilidad de cubrir a partir de la fecha el pago del servicio de transporte escolar del Partido de Chacabuco a los proveedores con fondos correspondientes al Fondo de Financiamiento Educativo hasta tanto la DGCyE normalice la situación. En el caso de lo que aquí se requiere, citamos como antecedentes los municipios de Pringles y Dorrego donde se han tomado medidas similares.

Por ello,
el Bloque de Concejales del GEN / Frente Amplio UNEN
en uso de sus atribuciones propone la siguiente
Resolución

Articulo Nº1: El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a evaluar la posibilidad de cubrir a partir de la fecha el pago del servicio de transporte escolar a través del Fondo de Financiamiento Educativo, a los proveedores de este servicio en el Partido de Chacabuco, a los fines de evitar que se continúe con la interrupción del mismo y hasta tanto se normalice la situación. La presente solicitud se fundamenta en la necesidad de adoptar una medida de gestión inmediata en el ámbito municipal ya que, por la deuda que mantiene la DGCyE con dichos proveedores, a éstos se les dificulta sostener la continuidad del servicio lo que repercute en la no asistencia de los alumnos a clase.

Articulo Nº 2: De forma.-

Visto:

Que por datos obtenidos de la publicación oficial de la situación económica financiera de la Municipalidad de Chacabuco desde el 01/01/2014 al 30/06/2014 se puede advertir que el dinero recibido en concepto de Fondo para Financiamiento Educativo en el primer semestre del año fue de $ 4.734.590,57, y;

Considerando:

Que la Ley 26075 establece que los fondos coparticipables serán utilizados con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyo de políticas de mejora en la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científico-tecnológica, reafirmando el rol estratégico de la educación, la ciencia y la tecnología en el desarrollo económico y socio cultural del país.

Que, en el mismo sentido, la ley de Presupuesto provincial establece que el importe ingresa con un fin de uso específico, percibidos a las finalidades de educación, ciencia y tecnología, estando sujetos al régimen de control previsto en el artículo 159 de la Constitución Provincial, la ley Orgánica de las Municipalidades y demás legislación vigente en la materia, sin perjuicio de otros mecanismos adicionales que cada Municipio decida implementar en el ámbito de su competencia.

Por ello,
el Bloque de Concejales del GEN / Frente Amplio UNEN
en uso de sus atribuciones propone la siguiente
Minuta de Comunicación

Articulo Nº1: Solicitarle al Departamento Ejecutivo que informe por escrito y a la brevedad, sobre los puntos que se detallan a continuación, relacionados con las partidas transferidas al municipio, del Fondo de Financiamiento Educativo -art. 7 de la Ley Nacional 26075- en forma automática, según las pautas establecidas en el art. 1 concordante de la Ley 10.559 y sus modificatorias:

a) Especifique montos y fecha de depósito y acreditación de los fondos referenciados en relación al ejercicio fiscal 2014.
b) Indique montos y fechas de compromiso, devengamiento y pago con dichos recursos afectados, desde el año fiscal 2014 hasta la actualidad.
c) Especifique cuál es el destino que se le ha dado a dicho recurso desde el 1º de enero de 2014 a la fecha.
d) Informe respecto a qué funcionario o funcionarios municipales son los responsables de la programación, destino y características de las inversiones realizadas, con especial indicación del plan de obras previsto para el año en curso.

Articulo Nº 2: De forma.-

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