PIDEN A BARRIENTOS QUE INTERVENGA ANTE LOS AUMENTOS DESMEDIDOS EN LA TARIFA DEL GAS NATURAL

Por aumento de gas natural.
Por aumento de gas natural.
23/9/14- Los concejales de la Unión Cívica Radical, Mariano Cámera y Ariel Di Piero, junto al edil del GEN, Maximiliano Felice, presentaron ayer, un proyecto de resolución para que el Ejecutivo Municipal, a través de la oficina municipal de Defensa al Consumidor, intervenga en el tema de los desmedidos aumento del servicio de gas natural.

VISTO

Los importantes aumentos tarifarios que ha sufrido el precio de gas natural y los reclamos realizados por los vecinos, y

CONSIDERANDO
Que las variaciones porcentuales interanuales en Provincia de Buenos Aires van del 150% a más del 600% lo que implica un altísimo e injustificado costo imposible de pagar para muchísimas familias del Partido de Chacabuco pero fundamentalmente para los sectores económicamente más desfavorecidos.
Que los servicios públicos se encuentran regulados por los contratos de concesión -en el caso de los servicios públicos privatizados- y por la normativa que emana de sus respectivos Entes Reguladores y demás organismos estatales con competencia en la materia.
Que el Poder Ejecutivo Nacional alegando las facultades otorgadas en virtud de delegación legislativa realizada por ley 24076, por intermedio de la Secretaria de Energía de la Nación ha dispuesto mediante Resolución 226/2014 un “Esquema de racionalización del uso del Gas Natural”
Que los considerandos de dicha resolución disponen que “resulta oportuno contemplar un esquema que procure un consumo racional del gas natural, incentivando el ahorro para generar un uso responsable y eficiente de los recursos y, en tales términos, se prevé el otorgamiento de beneficios para todos aquellos consumidores residenciales y comerciales de servicio completo que reduzcan su demanda, conforme el mecanismo que por el presente se implementa.”
Que si bien dicha norma no era originariamente de aplicación a la región provincia de Buenos Aires y la Pampa, a solicitud de la correspondiente distribuidora local Camuzzi Gas Pampeana el Ente Nacional de Regulación del Gas (ENARGAS) dispuso el 4 de abril de 2014 mediante Res. ENARGAS Nº I-2844 que “es opinión de este Organismo que para su implementación eficiente y armoniosa resulta necesario seguir los criterios de aplicación del mecanismo de racionalización establecido por la Resolución Nº 226/2014 -firmado por la Secretaría de Energía de Nación- respecto del precio gas a reconocerse en las tarifas de la distribuidora”.
Que más allá de las normas de carácter inferior –resoluciones y decretos- la prestación de los servicios públicos se encuentra enmarcadas como una relación de consumo por ende inmersa dentro del sistema de protección de los consumidores con todas sus garantías, consagradas legal y constitucionalmente. (art. 42 Constitución Nacional, Ley 24.240, Ley 26.361).
Que la distribuidora de gas Camuzzi Gas Pampeana no ha dado debido cumplimiento al principio de información que rige las relaciones de consumo, ya que la gran mayoría de usuarios de la red de gas desconocen los criterios sobre los cuales se han liquidado sus consumos y como ajustarse al sistema de beneficios y eximiciones. En el derecho de los consumidores se entiende a la información como un elemento de conocimiento que debe ser suministrado obligatoriamente por una de las partes contratantes (proveedor) teniendo como objeto principal la adecuada formación del consentimiento contractual.
Que el incumplimiento del principio de información de parte del concesionario le brinda a la empresa un enorme beneficio económico a costa de los usuarios que termina restándole toda eficacia a la norma que pretende la reducción de los consumos de gas natural.
Que las leyes que consagran y protegen los derechos de los consumidores otorgan la posibilidad de iniciar acciones colectivas de amparo que surten efectos respecto de la generalidad de los usuarios que ven sus derechos vulnerados a los efectos de su efectivo resguardo.
Que existen diversas provincias y localidades en las cuales se han dejado sin efecto los aumentos tarifarios gracias a medidas cautelares instadas por parte de los organismos que tienen a su cargo la representación de los intereses de los usuarios y consumidores.
Que como antecedente es importante señalar que días atrás la Justicia Federal de Mar del Plata se expidió sobre el caso que nos ocupa dejando sin efecto los aumentos tarifarios y retrotrayendo los valores de los precios al mes de marzo del año.-

Por lo expuesto, el los Bloques de Concejales de la Union Civica Radical y GEN (FRENTE AMPLIO UNEN):

RESOLUCION

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo por intermedio de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) que realice un estudio pormenorizado de la legalidad de los nuevos aumentos tarifarios en las facturas de Gas Natural y disponga las medidas conducentes a los efectos de su cese, incluidas acciones colectivas de amparo.
Artículo 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que por intermedio de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) realice una campaña de difusión de lo dispuesto en la Resolución 226/2014 de la Secretaría de Energía de la Nación y el Decreto 2067 del Poder Ejecutivo Nacional y de toda aquella normativa que permita al usuario reducir los costos por consumo de Gas Natural.-
Artículo 3°: De forma.-

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