PEDIDO DE INFORMES DE LA UCR SOBRE SI ALGUN FUNCIONARIO CUENTA CON APORTES EXTRAS

15/7/09- El Artículo 179º (Texto según Ley 10251) de la Ley Orgánica de las Municipalidades que especifica: “Ninguna persona será empleada en la Municipalidad cuando tenga directa o indirectamente interés pecuniario en contrato, obra o servicio de ella. Y no podrán asimismo ser Auxiliares del Intendente los profesionales, técnicos y gestores que directa o indirectamente desarrollen dentro del Partido, actividad privada que requiera resolución municipal. A aquéllos que se encuentren en esa situación a la fecha de la puesta en vigencia de la presente ley, les será bloqueada la matrícula del ámbito municipal, quedando facultadas las Municipalidades para establecer compensaciones a los salarios de los agentes comprendidos”.

Y CONSIDERANDO

Que la percepción de una bonificación a los funcionarios públicos designados por el Sr. Intendente Municipal para integrar su gabinete -sea por bloqueo de título o dedicación exclusiva- exige la prestación de una actividad exclusiva por parte del funcionario receptante de la misma.

Por ello
EL BLOQUE DE CONCEJALES DE LA UNION CIVICA RADICAL
en uso de sus atribuciones propone el siguiente:

ARTICULO Nº 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal el organigrama de funcionarios que ocupan cargos políticos desde Director hasta Secretarios de áreas detallando si cuenta con aportes extras por bloqueo de título, plus por función y dedicación exclusiva.

ARTICULO Nº 2: De forma

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