GOLÍA PRESENTÓ PROYECTO PARA CREAR EL BANCO DE DATOS GENÉTICOS EN LA PROVINCIA

Dip Prov. Golía.
Dip Prov. Golía.
15/9/15- El legislador provincial y candidato a Intendente Municipal Dr. Rubén Darío Golía, presentó un proyecto de Ley Creando el Banco de Datos Genéticos de la provincia de Buenos Aires La Honorable Cámara de Diputados y de Senadores de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 1º: Créase el Banco de Datos Genéticos de la provincia de Buenos Aires, el cual se denominará “Banco de Datos Genéticos Provincial” y tendrá como principal misión facilitar la identificación y filiación de los habitantes de la Provincia.
ARTÍCULO 2°: El Banco de Datos Genéticos Provincial se integrará con la información genética de todos los habitantes de la Provincia, la cual se recabará obligatoriamente en algunos de los siguientes supuestos:
a) al momento del nacimiento y/o defunción de las personas;
b) en la expedición y/o renovación del Documento Nacional de Identidad;
c) en la expedición y/o renovación del registro habilitante para conducir;
d) en cualquier otra oportunidad que la Autoridad de Aplicación de la presente ley estime corresponder.
ARTÍCULO 3°: La Autoridad de Aplicación de la presente ley establecida por el Poder Ejecutivo deberá adoptar los recaudos necesarios para la conformación de la base de datos y la confidencialidad de sus informes, todo en el marco del artículo 20 inciso 3° de la Constitución de la Provincia.
ARTÍCULO 4°: La información de la base de datos del Banco de Datos Genéticos Provincial es secreta y solamente se encontrará disponible para el Ministerio Público y los magistrados intervinientes en las causas en que se encuentre interviniendo.
ARTÍCULO 5°: El Banco de Datos Genéticos Provincial creado por la presente ley deberá actuar de manera coordinada con el Banco de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia creado por Ley N° 13.869.
ARTÍCULO 6°: Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias.
ARTÍCULO 7°: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 180 (ciento ochenta días) a contar desde la promulgación de la presente.
ARTÍCULO 8°. De forma. FUNDAMENTOS:La presente Ley, tiene por finalidad la Creación de un Banco Provincial de Datos Genéticos, en la esfera del Poder Ejecutivo Provincial, el cual, tendrá como misión facilitar el acceso a la información , por un lado, y generar medios adecuados y eficientes de Identificación y Filiación de las personas, acorde las normativas Internacionales, Nacionales y Provinciales, resguardando las Garantías Constitucionales e individuales de las personas a los efectos de generar Políticas de Control, Seguridad, y/o mecanismo indubitado de identificación y/o filiación de los habitantes de la Provincia de Buenos Aires.-
El Banco Provincial de Datos Genéticos es una herramienta indispensable, en los tiempos que vivimos, debido al crecimiento, económica y demográfica, que ha tenido el país, desde el inicio del siglo XXI, y con una aceleración histórica sin antecedentes en la última década, acorde lo demuestra todos los índices y estadísticas macro y micro económicos.
Es necesario, en virtud, al acceso a la información que posé la ciudadanía y los avances tecnológicos, que a paso agigantados se suscitan día a día, agiornar y actualizar, los medios y herramientas, la mayoría existentes en la actualidad vetustos, a los fines de generar más seguridad y libertades a los habitantes de la provincia de buenos aires, a través de mecanismos que de forma inmediata, en tiempo real , indubitadamente, higiénicamente y no intrusivamente, permita al Estado, Organismos y/u otros Poderes Estatales, determinar la Identificación y/o Filiación de cualquier habitante de la Provincia de Buenos Aires, de la forma y a los fines ut- supra mencionados .
Siguiendo con este orden de ideas, pasaremos a explicar de manera detallada, en qué consiste el Banco Provincial de Datos Genéticos y el espíritu del presente proyecto de ley.
El Banco Provincial de Datos Genéticos, consiste básicamente, en la obtención de una muestra de ADN, desde la huella dactilar, de manera no invasiva hacia la persona, el procedimiento descripto nos permite la toma de muestras masivas, utilizando mecanismos y soportes tecnológicos (hardware y software) permitiendo la toma de células epiteliales nucleares que se desprenden del estrato corneo de la yema del dedo, obteniéndose una HUELLA DACTILAR GENETICA.
Asimismo el ADN obtenido del individuo, como es extraído de la región no codificante del genoma, lo que permite que su estudio no permite la obtención de información alguna acerca de las características físicas o fenotípicas del individuo, preservando de esta forma y a través del método utilizado la INTIMIDAD PERSONAL DEL INDIVIDUO.
A su vez, este método novedosos, consiste en un sello de seguridad dactilogenetico con una estructura especifica autoadhesiva, que permite que se adhieran las células epiteliales, anteriormente mencionadas, pudiendo esas muestras ser comparadas con los métodos convencionales como ser: hisopados y extracción de sangre, los cuales si son intrusivos hacia las personas y riesgosos para contagios.
Este sistema permite realizar el Análisis Genético Comparativo En Bases De Datos de los marcadores Loci y sus Alelos( loci y alelos los mismos componen el micro soma del ADN, ESTE MICROSOMA SE COMPONE POR ESTAS CADENA O SECUENCIAS EL LOCI Y EL ALELO QUE COTEJADAS CON LA MUESTRA OBTENIDA SI DA COINCIDENCIA ESTAMOS ANTE UNA MISMA PERSONA) guardados y así realizar una comparación sistemática con las demás bases de datos genéticas ya existentes, ejemplo: Interpol, Europol.
La característica más loable de este sistema, es que nos permite de manera eficaz y en tiempo real obtener los perfiles genéticos de un individuo para utilizarlos en fines investigativos, por ejemplo en el área forense en hechos criminales, abusos sexuales, robos de bebes, como así, también es aplicable a otras áreas como ser: catástrofe, accidentes, desaparecidos, convictos, filiaciones, supresión de identidad.
La singularidad del sistema nos permite en materia probatoria, un proceso eficaz en el cotejo de ADN, a su vez mantiene la cadena de custodia, elementos esenciales para evitar futuras nulidades probatorias, es simple su manipulación, es higiénico ya que no hay ningún riesgo de infección y no es biodegradable ya que la muestra se puede guardar por tiempo indefinido y en ambiente natural no generando recaudos y/o costos particulares para su almacenamiento.
Las ventajas del uso del SELLO DACTILOGENETICO O SEGURIDAD consisten en que es un método de extracción que no causa rechazo en la persona, obtiene ADN de manera Masiva y Poblacional, no utiliza elementos Punzantes o Pinchantes, la Huella Genética queda Nítida y Original, el ADN es no codificante y sirve solo para identificación de personas, el sello de seguridad es INVIOLABLE y Portable de manera INDIVIDUAL y se TRASLADA sin inconveniente y el mismo es comparable con muestras obtenidas convencionalmente e intrusivas .( extracción de sangre e hisopado bucal).
Como colofón y a los fines ilustrativos básicamente el Banco Provincial de Datos Genéticos nos va a permitir la extracción, a través de la huella digital, de ADN, el cual se almacena en una base de datos digitalizada permitiendo a cualquier organismo autorizado y a través de la base mencionada, acceder desde una PC al cotejo de ADN y en tiempo real determinar la identificación de una persona.
Este simple procedimiento, generaría en la actualidad, cuestión que hoy no sucede, la posibilidad de generar una herramienta eficaz, desde la complejidad que involucra la seguridad, en todas sus facetas y aristas, invalorable en los tiempos que vivimos, ya que podríamos esclarecer un sin fin de hechos delictivos a partir de la determinación e identificación de la persona y así proceder a la determinación de su responsabilidad en la investigación de una conducta disvaliosa y tipificada, generando una cuestión imprescindible en la investigación criminal y la administración de justicia, como es la celeridad en el esclarecimiento del delito, cuestión que hoy no sucede en un alto porcentaje, que la justicia cumpla con uno de los objetivos más importantes como es el de GARANTIZAR LA PAZ SOCIAL, paz que muchas veces se ve perturbada y desvirtuada, atento a la demora o tardanza en el esclarecimiento del delito, y la justicia cuando es lenta no es justicia y se desnaturaliza su objetivo, imagínese sin caer en la demagogia y sin generar pánico en la sociedad, no voy a tomar un ejemplo traumático y doloroso como es la pérdida de un ser querido por cuestiones de inseguridad, solamente plantear un caso sencillo y habitual de los que suceden cotidianamente como es el delito contra la propiedad, como ser un simple robo en una propiedad a la cual ingresan una o varias personas a la misma aprovechando que no se encuentra nadie en la misma y producto del levantamiento de HUELLAS Y/O ADN podamos a través de un BANCO DE DATOS GENETICOS EN TIEMPO REAL SABER LA IDENTIFICACION Y/O IDENTIDAD DE LA PERSONA, creo sin lugar a duda, que estas son las cuestiones que se deben tratar y debatir entorno a la seguridad y/o inseguridad que azota a nuestra provincia y ciudadanos en estos tiempos, mecanismos y propuestas que traigan aparejado soluciones para nuestros habitantes, que sean útiles y eficaces, que estén destinadas al cuidado de los interese y garantías colectivos de nuestra sociedad y alcance de todos, creo desde lo más profundo de mis convicciones que debemos generar este tipo de políticas, concretas, posibles y eficaces, en materia de seguridad.
La justicia social, bandera enarbolada por aquellos hombres y mujeres seguidores de la doctrina de Juan Perón y Eva Duarte de Perón, ha dejado de ser un distintivo partidario y se ha transformado en la herramienta esencial de los gobiernos para garantizar el goce pleno de Derechos a los ciudadanos de la República Argentina.-
El hombre, en su anhelo de realización posee metas, sueños y esperanzas, muchas de ellas giran en torno a necesidades básicas, como ser la alimentación, el trabajo, la salud, la vivienda y la SEGURIDAD, ésta última hoy condicionada para muchos sectores de nuestra sociedad en virtud de coyunturas económicas, sociales, políticas y una resistencia a la incorporación de medios tecnológicos acorde a los tiempos que vivimos, lo cual obliga a la intervención del Estado para garantizar la Paz Social.
Así puede advertirse, que desde el año 2003, el Gobierno Nacional ha dado una vuelta de página a la historia neoliberal que gobernara la Argentina en las últimas décadas y ha impulsado la existencia de un Estado benefactor, sensible y solidario con el más necesitado y por sobre todo, presente en la urgencia y promotor del cambio. En esa dirección debe proyectarse nuestra Provincia conteste a los nuevos vientos impulsados por el Proyecto Nacional y Popular que ha demostrado ser el único camino posible para el progreso del Pueblo.-
Con la instrumentación de dicha política gubernamental, se construyen vías de rápida e inmediata solución al déficit habitacional de la provincia, siendo una acción pro-activa a las necesidades y urgencias de muchos habitantes de nuestra provincia.-
Iniciativas como la presente, son fruto del contacto diario con los vecinos de nuestra provincia, de oír sus necesidades y apreciar la confianza que poseen en sus dirigentes, por ello, es el mandato popular obtenido mediante el voto, el que nos impulsa a la creación de éste BANCO DE DATOS GENETICOS, con sus fines y su misión de hacer una Provincia más justa en oportunidades, donde el poder público estatal se convierta en el instrumento de cambio y progreso de la generaciones actuales y venideras.-
Por las razones expuestas, solicito a mis pares el voto afirmativo para la aprobación del presente Proyecto de Ley.

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