CONCEJAL PIDE ELIMINAR EL 28,2% DE LOS GRAVÁMENES DEL RECIBO DE LUZ

13/8/12- El pasado Lunes 13 de Agosto, Miguel A. Fiore en representación de “Propuesta Peronista de Chacabuco” presentó un proyecto en el Honorable Concejo Deliberante de Chacabuco para solicitarle al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Dn. Daniel Scioli analice la posibilidad de eliminar el 28,2% de los gravámenes del recibo de la luz, que afectan a todos los usuarios y pertenecen a diferentes Leyes (se detallan a continuación), en vez de reducir los subsidios a la energía eléctrica a los Chacabuquenses.

Los conceptos mencionados anteriormente, son:

¨ Ley Nº 7.290 (de 1967 – Fondo Especial para el Desarrollo de la Prov. de Bs As) …….. 10%.

¨ Ley Nº 9.038 (de 1978 – Fondo para finalizar la Central Eléctrica ‘Luis Piedrabuena’) .. 5,5%.

¨ Ley Nº 23.681 [de 1989 – Fondo de la Prov. de Santa Cruz] ……………….…………………. 6%.

¨ Ley Nº 11.769 [TER 2] (de 1996 – Fondo Prov. Compensaciones Tarifarias) ……..…. 0,6%.

¨ Ley Nº 11.769 [R/179/97] (de 1996 – Fondo Prov. Compensaciones Tarifarias) ………… 5,5%.

¨ Ley Nº 11.769 [BIS 72] (de 1996 – Fondo Prov. Compensaciones Tarifarias) ……..…. 0,6%.

FUNDAMENTOS:

Debemos tener en cuenta el contexto socio-económico que vive el país y la provincia, a eso sumado la difícil situación económica que atraviesan algunos hogares de nuestra ciudad con respecto a ciertos atrasos en el pago del servicio eléctrico, por no contar con el dinero suficiente.

Que se han emitido resoluciones que ordenan a las empresas EDEN, EDES, EDEA, EDELAP y a las 160 Cooperativas Eléctrica, el quite del subsidio a la Energía Eléctrica por el Gobierno Nacional.

En la provincia de Buenos Aires la tarifa eléctrica soporta una de las cargas tributarias más altas del País, que hacen que los tributos, en vez de comportarse como instrumentos igualadores, provoquen un efecto contrario en virtud de que estarían incrementando el costo de acceso a la luz corriente para la clase social de más bajo recursos.

Por medio del decreto firmado en 1967, la Provincia percibe un 10% por diferentes conceptos, que se calcula sobre el consumo domiciliario para un “Fondo de Desarrollo Eléctrico», además de otro 5,5%, de 1978, supuestamente para construir una estación de bombeo en la laguna La Brava (Balcarce), de la que sólo se llegó a realizar el estudio previo de factibilidad. Estos no son los únicos conceptos que llegan en las boletas con forma de impuestos, hay que anotar un 5% del “Fondo Compensador de tarifas”. A todos estos gravámenes se suman tributos nacionales como el 21% de IVA y un 6% del polémico fondo de Santa Cruz.

Los millonarios fondos que se recaudan por esos conceptos van a parar a Rentas Generales del Estado Provincial, con lo cual no se estaría cumpliendo la afectación original de estos tributos que pagan en sus facturas todos los usuarios del servicio de energía en la Provincia.

La constitución de un “Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico Rural” en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires destinado a costear obras eléctricas rurales, resulta necesario reflejar la situación por la que atraviesa actualmente el sector energético de la provincia, y en particular en lo que respecta al mantenimiento, ampliación y fomento del sector eléctrico rural, pues ello justificará en gran medida la necesidad de inversión en las pretendidas obras eléctricas rurales, sobre todo en materia de distribución energética.

La realidad que hoy nos ofrece el sector energético de la provincia, encuentra su explicación en un proceso de reforma estructural que derivó en un cambio fundamental en la organización institucional y en la regulación de actividades energéticas en la provincia de Buenos Aires.

Los cambios estructurales obedecen a la sanción de la vigente Ley Nº 11.769 que estableció un marco regulatorio de la actividad energética y que derivó en la privatización de la Empresa Social de Energía de Buenos Aires Sociedad Anónima (ESEBA S.A.) la cual hasta ese momento era el organismo público que realizaba las 3 actividades: generación, transporte y distribución, y comercialización de energía. Estas actividades fueron (a partir de la privatización) concesionadas, dejando de ser el Estado Provincial el responsable directo del mantenimiento, ampliación y fomento del sector.

La construcción de nuevas centrales generadoras de energía eléctrica, el tendido de líneas de alta tensión, la expansión de las redes de distribución, así como toda otra inversión destinada al desarrollo del sistema eléctrico, ha quedado en manos de las empresas concesionarias que se hicieron cargo de la explotación comercial de las actividades de generación, transporte y distribución de la energía.

Lo cierto es que, a pesar de ello y sobre todo, no obstante mantenerse en el Banco de la Provincia de Buenos Aires las cuentas “Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico de la Provincia de Buenos Aires” (Decreto-Ley Nº 7290/67) y “Fondo Especial de Grandes Obras Eléctricas Provinciales” (Decreto-Ley Nº 9038/78), dichos gravámenes se han seguido cobrando, con la sola excepción de los usuarios comerciales e industriales quienes, representados por las entidades que los agrupan, lograron que el Gobierno los eximiese del pago de los mismos a partir de la implementación progresiva del Decreto provincial Nº 737/01.

En la actualidad, cada usuario, paga en el recibo de luz (emitido por la Cooperativa Eléctrica de Chacabuco): El consumo de la energía eléctrica, más el 28% en Gravámenes Varios, mas el 21% del IVA. Si sumamos, casi la mitad de lo que pagamos en el recibo de luz, son “IMPUESTOS”.

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